Por qué Socios Benefactores?
La investigación, así como el estímulo de toda actividad científica y de capacitaciones, está concentrada mayormente en las grandes capitales. Sin embargo, en salud, hay una potencialidad infinita en muchos de nuestros trabajadores y profesionales del área que necesitan la posibilidad de ayuda cercana.
Para lograr incidir en esta realidad y poder descentralizar las posibilidades, es que proponemos sumar a nuestra Fundación a socios benefactores, con cuyo aporte podremos seguir trabajando en pos de los objetivos fijados.
Nuestro sistema de becas para investigación busca financiarse con aportes de todo tipo pero conservando su imprescindible independencia. De esta manera logramos que la investigación mantenga su más preciada característica: "la objetividad"
Becas de Investigación 2019
Las Becas de Investigación para el año 2019 serán otorgadas en al ámbito de la salud en regiones del Litoral Argentino. Las bases se pueden encontrar a continuación.
Bases del concurso de Becas 2019 de la FCL
Consideraciones iniciales
La Fundación Científica Litoral se ha fijado como meta impostergable, la de estimular la investigación científica en la región.
Las Becas 2019 de la Fundación, están enmarcadas en temáticas relacionadas con la salud en general y están dirigidas no sólo a profesionales sino que también a personal que desempeñe sus actividades preferentemente en hospitales y centros de atención primaria de la salud, instituciones privadas de salud, universidades, institutos universitarios, organizaciones gubernamentales y no gubernamentales, siempre en el campo de la salud pública.
Este programa de becas NO financia investigaciones básicas. Prioritariamente se considerará a quienes se inician en trabajos de investigación.
Si bien las becas son individuales, se busca que el desarrollo de la investigación contribuya al fortalecimiento de las capacidades de los lugares que dan origen a tal trabajo de investigación.
El formato de convocatoria está basado en el utilizado por las becas nacionales del Ministerio de Salud.
Requisitos
Para poder participar de la convocatoria a becas 2019 de la Fundación Científica Litoral los postulantes deberán cumplir los siguientes requisitos:
a) Poseer número de CUIT/CUIL
b) Poseer DNI Argentino
c) Contar con un director/a de beca con antecedentes de gestión en el área temática de la investigación propuesta, que certifique su participación como tal.
f) El proyecto deberá contar con la autorización escrita de las autoridades del /los lugares donde se desarrollará la investigación (hospitales, centros de salud, escuelas, etc).
g) Contar con el dictamen de aprobación del Comité de Ética de Investigación (CEI) que se conformará para tal fin.
h) El proyecto debe ser original y enmarcarse en las áreas temáticas priorizadas por cada línea de becas presentadas en esta convocatoria.
i) El cronograma del proyecto debe ajustarse al período del financiamiento (12 meses).
Restricciones a la postulación a beca
- Los postulantes sólo podrán presentarse a un tipo de beca de la actual convocatoria.
- Un mismo proyecto no podrá ser presentado por distintos postulantes.
- Un mismo director/a puede dirigir hasta 2 (dos) becas individuales.
- El/la directora/a de un proyecto individual no podrá presentarse como postulante a beca individual.
Postulación a la convocatoria
- La postulación del proyecto tendrá lugar desde el 1 de agosto al 31 de noviembre de 2018 inclusive, a través del sistema de inscripción on-line cuyo acceso se publicará en https://www.cientificalitoral.com
- Conjuntamente con el acceso al sistema de inscripción on-line se encontrarán disponibles los formularios para la presentación de la documentación impresa que se detalla a continuación:
- Formulario de postulación
- Formulario de Plan de Trabajo
- Formulario para el Currículum Vitae abreviado
- En el sistema de inscripción on-line el/la postulante deberá completar la información requerida y adjuntar los siguientes archivos: Formulario de Plan de Trabajo, Currículum Vitae del postulante y del director/a
- Una vez enviada la postulación por sistema de inscripción on-line, el postulante recibirá por correo electrónico la constancia de postulación.
- El plan de trabajo (tanto en formato papel como la versión on line) no debe contener datos personales ni institucionales.
- Una vez enviada la postulación, los archivos no podrán ser modificados, sin excepción, por lo tanto, se sugiere se verifiquen los archivos subidos a la plataforma web, dado que éstos serán utilizados en la instancia de evaluación técnica. De igual modo, se recomienda verificar los datos personales e institucionales cargados en sistema de inscripción on- line, de suma importancia en la evaluación administrativa.
- La inscripción on- line estará disponible hasta las 20 hs del 31 de noviembre. Serán dados de baja automáticamente aquellos proyectos de investigación que se carguen en el sistema de inscripción on line en versiones no finales (como por ejemplo, archivos presentados con control de cambios, borradores de proyectos o archivos que no respeten el formato establecido).
Presentación de documentación impresa
- La documentación deberá presentarse en versión original (no se aceptarán firmas escaneadas), respetando estrictamente las indicaciones correspondientes, y tendrá carácter de declaración jurada.
- La documentación impresa deberá presentarse en un sobre de papel identificado con los siguientes datos:
- Título del proyecto
- Nombre y apellido del postulante
- Tipo de Beca a la que aspira
- Dentro del sobre deberá incluirse la siguiente documentación impresa, en folios A4 (no en carpetas ni anillados):
- Un folio con el Formulario de postulación con firmas originales que incluya:
I. Fotocopias de DNI (1a y 2a hoja, o anverso y reverso)
II. Constancia de CUIT/CUIL
III. Notas de conformidad de cada una de las instituciones donde llevará adelante la investigación, en caso de que el proyecto se desarrolle en una institución diferente a la que avala el estudio.
- Un folio con el Formulario de Plan de Trabajo completo, incluyendo las firmas solicitadas en la última hoja. Un CD o mail que contenga las versiones electrónicas del formulario de Plan de Trabajo y los CV abreviados del director/a y del postulante según modelo disponible. Los CV NO deben enviarse en papel.
- El plan de trabajo, en su versión impresa y on-line, deberá tener las siguientes características:
- Formato Word
- Fuente tamaño 12
- Interlineado 1.5
- Márgenes preestablecidos por Word como "normal"
- Se deberá respetar la cantidad de páginas establecidas para cada sección en el formulario de Plan de trabajo
- Hasta el 31 de noviembre de 2018 inclusive, los postulantes deberán presentar o enviar por correo electrónico la documentación a info@cientificalitoral.com. La documentación impresa se recibirá en distintas dependencias que se detallarán oportunamente.
- En ningún caso se aceptarán proyectos cuya documentación impresa sea remitida por correo electrónico o fax o fuera de término tampoco aquellos que no hayan sido cargados en la plataforma on-line o que no respeten el formato y las especificaciones establecidas en estas bases. Los envíos postales podrán aceptarse con posterioridad al 21 de noviembre, siempre que la fecha consignada en el sello postal sea igual o anterior a dicho plazo.
- La FCL conservará la documentación de los proyectos que no resulten ganadores durante 90 (noventa) días contados a partir de la comunicación de los resultados de la convocatoria. Dentro de ese plazo, los/as postulantes cuyos proyectos no hubieran sido seleccionados podrán retirar su documentación en las oficinas de la DIS. Una vez cumplido dicho plazo la documentación será descartada.
Requisitos éticos
- Todos estos proyectos serán evaluados por un comité de ética de investigación el cual determinará, a través de un dictamen, la aprobación del proyecto y su consentimiento informado,
- Los siguientes casos no requieren de la evaluación de un CEI:
- Cuando en la investigación no participan seres humanos o cuando se utiliza información de tipo pública, siempre que no se identifique a los individuos de ningún modo.
- Cuando la intervención se limita al estudio de los sistemas de salud, programas oficiales de salud pública o la vigilancia de la salud pública, siempre que no exista la posibilidad de identificar a los individuos. La vigilancia de la salud pública incluye los registros oficiales o realizados en conformidad con la autoridad sanitaria de enfermedades y de efectos adversos de medicamentos ya registrados por la autoridad reguladora competente.
- El consentimiento informado es requerido en las investigaciones en las que participen personas, o se utilicen sus muestras biológicas o sus datos personales o cualquier otro registro en el que una persona pueda ser identificada. La realización de encuestas o entrevistas requieren de consentimiento informado y de la evaluación de un CEI. El consentimiento informado consiste en una decisión de participar en una investigación, tomada por una persona autónoma y competente que puede entender el propósito y la naturaleza de la investigación, los riesgos que deberá afrontar y los beneficios que podría recibir, y que conoce sus derechos como participante de una investigación y, que después de considerar la información, toma una decisión sin haber sido sometido a coerción, intimidación ni a influencias o incentivos indebidos. Una persona autónoma y competente es aquella capaz para tomar una decisión de manera voluntaria, únicamente en función de sus propios valores, intereses y preferencias, y siempre que cuente con la información necesaria para evaluar sus opciones. Existen excepciones a la obtención del consentimiento informado y éstas deben ser aprobadas por un CEI. Las excepciones son:
a) cuando en la investigación se utilizan sólo datos o muestras no vinculables, o información de conocimiento público. Es decir, no es posible establecer la identidad de las personas y, por lo tanto, los investigadores no pueden contactarlas para solicitar su consentimiento.
b) cuando se utilizan datos vinculables pero la obtención del consentimiento es impracticable o muy dificultosa, y la investigación propuesta representa sólo riesgos mínimos.
c) cuando el estudio utiliza registros sanitarios establecidos u oficialmente reconocidos por las autoridades sanitarias, por ejemplo, registros de enfermedades o de efectos terapéuticos o adversos o de datos genéticos, siempre que los datos registrados no se encuentren vinculados a las personas.
Evaluación de proyectos
Los proyectos serán evaluados en 3 instancias:
a) Evaluación administrativa: cumplimiento de los requisitos (sección 2) y de la presentación del proyecto en tiempo y forma (sección 4 Y 5).
b) Evaluación técnica: se realizará una evaluación por pares según área temática. Como resultado de esta evaluación, cada proyecto recibirá un puntaje que define su aprobación o rechazo. La lista de evaluadores será potestad de la Fundación Científica Litoral y los responsables de cada línea financiadora de becas.
c) Evaluación de relevancia: los proyectos aprobados serán evaluados por FCL según los criterios de oportunidad y pertinencia del tema a investigar, relevancia local de los futuros resultados del estudio e implicancias para el diseño, monitoreo y/o evaluación de políticas y programas sanitarios.
Financiamiento
- Los proyectos tendrán una duración de 12 meses comenzando el primer día hábil de abril de 2019 y finalizando en la misma fecha de día y mes de 2019.
- Cada becario/a recibirá una asignación anual de $20.000 (pesos veinte mil). El monto total se abonará en 2 desembolsos: el primero dentro de los cuatro meses de iniciada la beca y el segundo luego de la aprobación del informe de avance (noviembre- diciembre de 2019).
- Las becas FCL contemplan dedicación a tiempo parcial.
- Las becas FCL no requieren rendición de gastos relacionados con la beca.
Responsabilidades del becario/a
- El becario/a deberá presentar un informe de avance y un informe final en los plazos estipulados y según instructivos que la Dirección comunicará oportunamente. Los informes deberán presentarse en formato papel, electrónico (en CD) y cargarse en la plataforma web creada para este fin. El incumplimiento de la obligación de presentar los informes dará lugar a las acciones legales que correspondan y a la inhabilitación para futuras postulaciones a Becas FCL
- En el caso de renunciar a la beca, sin motivo justificado, se procederá a las siguientes acciones:
- En el caso de renuncia antes de la presentación del informe de avance, el becario deberá devolver
- la totalidad del dinero recibido hasta el momento.
- En todos los casos de renuncia, el/la becario/a quedará inhabilitado a futuras postulaciones a Becas FCL.
Cancelación de la beca por parte de la FCL
La FCL podrá cancelar por decisión fundamentada un estudio individual y exigir al becario/a la devolución de los fondos desembolsados en los siguientes casos:
a) Cuando el informe de avance haya sido calificado por la DIS como NO SATISFACTORIO, sea por incumplimiento en la presentación del mismo o por incumplimiento de las actividades comprometidas en el Plan de Trabajo, según se desprenda del informe presentado.
b) Por solicitud justificada del director/a de beca ante el incumplimiento del becario/a de las tareas previstas en el Plan de Trabajo o por causas reiteradas de otra índole que lo ameriten.
Política de comunicación pública de resultados
La Fundación Científica Litoral recomienda a los/as becarios/as en su condición de autores/as que antes de presentar el Informe Final correspondiente a su beca de investigación registren el mismo como obra inédita con la finalidad de resguardar su derecho de propiedad intelectual sobre la obra, acorde a lo establecido en el art. 17 de la Constitución Nacional, que prescribe que "Todo autor o inventor es propietario exclusivo de su obra, invento o descubrimiento por el término que le acuerde la ley", y en la Ley 11.723 sobre Régimen Legal de la Propiedad Intelectual (Disponible en: https://infoleg.mecon.gov.ar/infolegInternet/anexos/40000-44999/42755/norma.htm). A dichos efectos, podrán consultar los pasos a seguir en la Dirección Nacional del Derecho de Autor, dependiente del Ministerio de Justicia, Seguridad y Derechos Humanos de la Nación, ingresando a: https://www.jus.gov.ar/derecho-de-autor.aspx En cuanto al Registro de Propiedad Intelectual, la FCL, en su condición de editora de publicaciones científicas, se responsabilizará del registro de las obras publicadas que le competa por Ley.
A los fines de concretar esta iniciativa la FCL se reserva con carácter no exclusivo los derechos de publicación, distribución y comunicación pública del Informe Final de investigación por cualquier medio y soporte, sin que el ejercicio de tales derechos represente beneficio comercial alguno para la Fundación. No obstante, y en virtud de ser una cesión de derechos con carácter no exclusivo, los/as becarios/as que deseen publicar los resultados de su investigación en cualquier medio, soporte o formato deberán informar dicha decisión a la Fundación Científica Litoral.
Asimismo, la Fundación se reserva el derecho de facilitar el informe final de investigación a aquellos directores, coordinadores o responsables de programas o unidades ministeriales creadas o por crearse del Ministerio de Salud u otro organismo competente, que lo solicitasen a efectos de considerarlos o utilizarlos como fuente de información para la toma de decisiones sanitarias o para el diseño y/o implementación de acciones en Salud Pública, conservando para los/as autores (becarios/as) el derecho de propiedad intelectual sobre su informe final y el de ser adecuadamente reconocidos y citados.
Derechos de publicación
La Fundación Científica Litoral tiene entre sus objetivos la difusión de los resultados de las investigaciones financiadas con sus becas entre los tomadores de decisiones clínicas y sanitarias de distintos niveles y la comunidad científica y académica. Para ello dispondrá de herramientas para publicaciones que respete el compromiso de la Fundación con el acceso equitativo, libre y gratuito a los resultados de investigaciones realizadas con financiamiento gestionado por nuestra Fundación.
En este sentido, los resúmenes de los informes finales estarán disponibles para su consulta en la página web de la Fundación Científica Litoral
La publicación del resumen del informe final de investigación es obligatoria y la FCL podrá disponer la misma inmediatamente después de la entrega de dicho informe. La publicación del resumen del Informe Final no implicará la pérdida de su carácter de inédito, por lo tanto no inhibe a los autores a presentar su informe como artículo original en una publicación científica con revisión de pares.